REQUISITOS PARA FORMAR UNA AAVV COMO AUTÓNOMO
- Declaración censal (IVA, IRPF).
- Afiliación y alta en el régimen de autónomos
- Solicitud del Libro de Visitas
- Solicitud del número de patronal
- Comunicación de apertura del centro de trabajo
REQUISITOS PARA FORMAR UNA AAVV COMO PERSONA MERCANTIL - Copia legalizada de la escritura de constitución, de acuerdo con la legislación vigente.
- Copia legalizada de los estatutos sociales.
- Documento acreditativo en el que conste la inscripción en el Registro Mercantil de Madrid, así como los poderes del solicitante cuando éstos no se deduzcan claramente de la escritura de constitución y documento nacional de identidad y número de identificación fiscal de éste.
- Código de identificación fiscal.
- REQUISITOS PARA FORMAR UNA OTA
- Certificado negativo del nombre para comprobar que no exista otro nombre igual al de tu empresa. Lo tendrás que presentar en el registro mercantil.
- Apertura de cuenta bancaria a nombre de la sociedad.
- Elaboración de Estatutos y Escritura de Constitución ante notario.
- Pagar en Hacienda la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
- Inscripción en el Registro Mercantil.
En Hacienda tendrás que hacer todos estos trámites:
- Solicitud del CIF o Código de Identificación Fiscal.
- Alta del IAE o Impuesto de Actividades Económicas.
- Declaración censal (IVA). Modelo 036.
Y una vez realizados todos estos trámites, para abrir tu agencia de viajes online tienes que hacer lo siguiente:
- Constituir una fianza o aval para hacer responder ante clientes y consumidores. Cada Comunidad Autónoma establece sus cantidades.
- Contratar una póliza de responsabilidad civil.
- Presentar tanto la fianza como la póliza ante la Tesorería de la Caja de la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma donde vayas a realizar tus operaciones.
En la Dirección General de Turismo deberás presentar la siguiente documentación:
- Declaración responsable
- Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil
- Copia de los Contratos
- Si eres empresario individual, NIF
- Si eres compañía o Sociedad Mercantil deberás presentar la copia legalizada de la Escritura de Constitución y de los Estatutos Sociales.
Diferencia entre autónomo y persona jurídica:
Es importante empezar definiendo que un autónomo (o autónomos) es la persona que realiza una actividad económica con ánimo lucrativo, que no se encuentra sujeto a un contrato de trabajo, sin perjuicio que tenga a personas bajo su mando como asalariados.
Las diferencias entre autónomos persona física versus persona jurídica, radican en que, la primera es autónoma como persona individual y, el segundo, es a través de una sociedad de capital, ya sea porque es socio y trabajador o socio y administrador de la misma.
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